martes, 22 de diciembre de 2020

5. Rousseau, entre la libertad y la igualdad

Del mismo modo que Hobbes, Rousseau considera que el hombre nace libre por naturaleza y es igual a los demás hombres (excluidas están las mujeres, ante lo cual deberíamos escribir un capítulo aparte). En el estado de naturaleza, todos son libres e iguales. Sin embargo, cuando se constituyó la sociedad civil, los hombres comenzaron a perder la libertad y la igualdad (desde el momento en que alguien dijo “esto es mío” y otro lo reconoció, allí comenzó la desigualdad entre los hombres):

“El primer hombre a quien, cercando un terreno, se lo ocurrió decir esto es mío y halló gentes bastante simples para creerle fue el verdadero fundador de la sociedad civil. ¡Cuántos crímenes, guerras, asesinatos; cuántas miserias y horrores habría evitado al género humano aquel que hubiese gritado a sus semejantes, arrancando las estacas de la cerca o cubriendo el foso: «¡Guardaos de escuchar a este impostor; estáis perdidos si olvidáis que los frutos son de todos y la tierra de nadie!» Pero parece que ya entonces las cosas habían llegado al punto de no poder seguir más como estaban, pues la idea de propiedad, dependiendo de muchas, otras ideas anteriores que sólo pudieron nacer sucesivamente, no se formó de un golpe en el espíritu humano; fueron necesarios ciertos progresos, adquirir ciertos conocimientos y cierta industria, transmitirlos y aumentarlos de época en época, antes de llegar a ese último límite del estado natural. Tomemos, pues, las cosas desde más lejos y procuremos reunir en su solo punto de vista y en su orden más natural esa lenta sucesión de acontecimientos y conocimientos” (Rousseau, Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres, II Parte, 1755). 
Una vez que se estableció la propiedad, aparecieron las primeras “reglas de justicia”, porque para dar a cada cual lo suyo es necesario que cada uno pueda tener alguna cosa. Y, en esta situación, las cosas hubieran podido permanecer iguales si las aptitudes hubieran sido las mismas. Pero la proporción quedó rota y la desigualdad “natural” (sea por la fuerza o sea por la habilidad o el ingenio) comenzó a desarrollarse una desigualdad con respecto a las fortunas, a la acumulación de riquezas y al goce de los bienes naturales. En este nuevo orden de cosas, aparecieron los conflictos: 
 
“En fin; la voraz ambición, la pasión por aumentar su relativa fortuna, menos por una verdadera necesidad que para elevarse por encima de los demás, inspira a todos los hombres una negra inclinación a perjudicarse mutuamente, una secreta envidia, tanto más peligrosa cuanto que, para herir con más seguridad, toma con frecuencia la máscara de la benevolencia; en una palabra: de un lado, competencia y rivalidad; de otro, oposición de intereses, y siempre el oculto deseo de buscar su provecho a expensas de los demás. Todos estos males son el primer efecto de la propiedad y la inseparable comitiva de la desigualdad naciente” (Ibídem). 

Fue así como se generó el “horrible estado de guerra” en el que el género humano se encuentra “envilecido y desolado”. Y es a partir de allí que decidieron unirse para defenderse y protegerse, para asegurar la “posesión” de lo que a cada uno le pertenece y dijeron: 

“hagamos reglamentos de justicia y de paz que todos estén obligados a observar, que no hagan excepción de nadie y que reparen en cierto modo los caprichos de la fortuna sometiendo igualmente al poderoso y al débil a deberes recíprocos. En una palabra: en lugar de volver nuestras fuerzas contra nosotros mismos, concentrémoslas en un poder supremo que nos gobierna con sabias leyes, que proteja y defienda a todos los miembros de la asociación, rechace a los enemigos comunes y nos mantenga en eterna concordia» (Ibídem).

Pero, lejos de asegurar la libertad, este acuerdo los llevó a la servidumbre: 

 “Todos corrieron al encuentro de sus cadenas creyendo asegurar su libertad, pues, con bastante inteligencia para comprender las ventajas de una institución política, carecían de la experiencia necesaria para prevenir sus peligros; los más capaces de prever los abusos eran precisamente los que esperaban aprovecharse de ellos, y los mismos sabios vieron que era preciso resolverse a sacrificar una parte de su libertad para conservar la otra, del mismo modo que un herido se deja cortar un brazo para salvar el resto del cuerpo” (Ibídem). 

En la sociedad civil, a diferencia del estado de naturaleza, los hombres “aniquilaron para siempre la libertad natural, fijaron para todo tiempo la ley de la propiedad y de la desigualdad, hicieron de una astuta usurpación un derecho irrevocable, y, para provecho de unos cuantos ambiciosos, sujetaron a todo el género humano al trabajo, a la servidumbre y a la miseria”. Es por ello que ante el poder arbitrario de unas leyes que sólo benefician a “los más fuertes”, se hace necesario la fundación de un “cuerpo político” (el Estado, diferente de la sociedad civil), surgido de un “verdadero contrato” entre los pueblos y los jefes, un 

 “contrato por el cual se obligan las dos partes a la observación de las leyes que en él se estipulan y que constituyen los vínculos de su unión. Habiendo el pueblo, a propósito de las relaciones sociales, reunido todas sus voluntades en una sola, todos los artículos en que se expresa esa voluntad son otras tantas leyes fundamentales que obligan a todos los miembros del Estado sin excepción, una de las cuales determina la elección y el poder de los magistrados encargados de velar por la ejecución de las otras. Este poder se extiende a todo lo que puede mantener la constitución, pero no alcanza a poder cambiarla. Se añaden además los honores que hacen respetables las leyes y los magistrados, y para éstos personalmente, prerrogativas que los compensan de los penosos trabajos que cuesta una buena administración. El magistrado, a su vez, obligase a no usar el poder que le ha sido confiado sino conforme a la intención de sus mandatarios, a mantener a cada uno en el tranquilo disfrute de aquello que le pertenece, y a anteponer en toda ocasión la utilidad pública a su interés privado” (Ibídem). 

Con estas consideraciones previas, podremos analizar los conceptos centrales de la obra de Rousseau que encontramos en el Contrato social, obra escrita en 1762, fuente inspiradora de la Revolución Francesa. 

Como señala Cristian Bordón en su trabajo de cierre: 

Rousseau plantea que la soberanía es el ejercicio de la voluntad general que dirige al Estado con el propósito de alcanzar el bien común. Es inalienable, debido a que es un poder con carácter de voluntad general.

“De igual modo que la Naturaleza da a cada hombre un poder absoluto sobre sus miembros, así el pacto social da al cuerpo político un poder absoluto sobre todo lo suyo. Este mismo poder es el que, dirigido por la voluntad general, lleva el nombre de soberanía”[1].


 El Estado resulta de la asociación de voluntades particulares de los individuos, que el contrato convierte en un cuerpo colectivo que juntos toman el nombre de "pueblo" y los individuos sólo el de "ciudadanos" en cuanto partícipes de la autoridad soberana.  


[1] Jean Jacques Rousseau, El Contrato Social, Capítulo IV, De los límites del poder soberano.  

Bibliografía sugerida: 

 - Rousseau, Jean Jacques. Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres. Madrid, 1923. 2da. Parte 

 - Rousseau, Jean Jacques. El contrato social. Madrid: Espasa Calpe, 1999. Libro 1, Caps. VI, VII y VIII Libro 2. Libro 3. Libro 4. Caps. I, II y III 

 - De Benoist, Alain. "Releer a Rousseau". Traducción de José Antonio Hernández García. Versión original: Relire Rousseau, publicado en Critiques – Théoriques, 2002, pp. 313-331. 

Recursos: 

Para orientar la lectura de los dos autores, les dejamos un Glosario confeccionado por la cátedra sobre algunos de los principales conceptos elaborados por Hobbes y Rousseau en torno al Estado, la concepción de la naturaleza, la noción de soberanía, el concepto de pueblo, las formas de gobierno y algunas reflexiones sobre la acción política, entre otras cuestiones. 

Marisa ha preparado para ustedes una presentación en genially para introducirlxs en el texto de Alain de Benoist, Releer a Rousseau. Este es el link de acceso.   

Finalmente, les dejamos las consignas para el trabajo de cierre de estos dos autores. 

¡Buen trabajo para todas y todos! Nos mantenemos en contacto.

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